sábado, 24 de septiembre de 2011

PROPUESTAS AL PAIS DE LAS COMUNIDADES AFECTADAS POR LA MINERIA


CONACAMI

Confederación Nacional de Comunidades del Perú Afectadas por la Minería

Declaración del Misti


Propuestas al país de las comunidades del Perú afectadas por la minería

El Foro Nacional de los Pueblos celebrado del 13 al 16 de setiembre en Arequipa, luego de haber recibido los informes de los pueblos y comunidades de diversas regiones del país sobre los terribles impactos de la actividad minera sobre la vida, la salud, el ambiente, los recursos naturales y la organización autónoma de las comunidades; y en concordancia con los informes de las mesas de trabajo que formaron parte de este evento declara lo siguiente:
Considerando que la actividad minera ha crecido enormemente desde inicios de la década del 90 del siglo pasado, superponiéndose al territorio de las comunidades y alterando su desenvolvimiento social, económico y cultural, menoscabando su identidad cultural y su autonomía, elevándose actualmente a más de 24 millones de hectáreas que comprende el 18.91 por ciento del territorio nacional.
Considerando que alrededor de 300 mil personas de los pueblos y comunidades indígenas del país son víctimas de los impactos de la actividad minera que ha invadido sus territorios y trastornado sus condiciones esenciales de vida y sus actividades productivas como la agrícola, ganadera, pesquera, entre otras, que son esenciales para su subsistencia, para la alimentación local, regional y para la economía nacional.
Considerando que se ha incrementado a nivel nacional los casos de mujeres y niños contaminados con metales tóxicos muy superiores a los límites permisibles y que se ha acentuado la situación de vulnerabilidad de las mujeres en las comunidades.
Considerando que la actividad minera ha contaminado directa e indirectamente numerosas fuentes de recursos y servicios ambientales como ríos, lagunas, ojos de agua, cabeceras de cuenca, que ponen en peligro el bienestar y salud de las personas, la biodiversidad y que existen numerosos pasivos e impactos mineros de los cuales nadie se hace responsable.
Considerando que los pueblos y comunidades campesinas u originarias son poblaciones altamente vulnerables a los impactos del cambio climático por su condición de pobreza, desprotección, y debido a que sus actividades dependen de los cambios en el clima y la naturaleza a la cual están estrechamente vinculados.
Considerando que los gobiernos anteriores al presente han actuado favoreciendo la actividad minera sin que esta promoción haya desarrollado mecanismos de control efectivos y reguladores, adecuados y suficientes, para cautelar la protección del ambiente, de forma que se desarrolle en armonía con otras actividades económicas y no vulnere los derechos de los pueblos y comunidades afectadas.
Considerando que la visión de desarrollo que enfatiza el crecimiento económico como principal indicador sobre la base de proyectar una imagen de “Perú Minero” soslaya y menoscaba otras actividades esenciales y sostenibles indispensables para la alimentación, la salud y el bienestar de la población del país, que además están asociadas a la protección de nuestra diversidad cultural y biológica y a nuestras tradiciones culturales.
Considerando que la principal respuesta de las empresas y el Estado se condensa en la nefasta política del “perro del hortelano” del presidente Alan García, que ha profundizado la división entre peruanos, ha acentuado numerosos conflictos socioambientales -aún no resueltos- y ha criminalizado la protesta social, amenazando y enjuiciando a mas de mil líderes comunales y sociales que defienden la vida y el ambiente.
Considerando que el triunfo electoral del actual presidente Ollanta Humala es el reflejo de una voluntad de cambio profundo y radical del modelo vigente, que desea un crecimiento económico pero con equidad e inclusión social, el cual cautele de manera prioritaria y fundamental los derechos humanos de los pueblos y comunidades cuyas voces han sido marginadas y excluidas del debate y de las grandes decisiones nacionales.
Considerando que es fundamental empezar por crear las condiciones para un diálogo constructivo, propositivo y con equidad, que actúe con veracidad sobre la realidad, superando los antagonismos entre “promineros” y “antimineros”, con la finalidad de sentar las bases para un entendimiento y formular políticas públicas adecuadas para superar los conflictos y preservar el interés nacional y los derechos humanos y de los pueblos.
Proponemos al gobierno:
1. Crear una Comisión de la Verdad sobre la Minería y las industrias extractivas, que investigue el desempeño de la minería desde la década del 90, para que informe la situación real de los impactos sociales y ambientales de la minería, recomiende medidas de política pública para revertir y controlar sus efectos negativos y proponga medidas de reparación para las víctimas.
2. Ampliar y fortalecer el marco jurídico nacional para proteger con eficacia los derechos de los pueblos y comunidades indígenas, organizados en el Perú en comunidades campesinas y nativas, y que se encuentran amparados en instrumentos internacionales de derechos humanos como la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los Pueblos Indígenas y el Convenio sobre Pueblos Indígenas núm. 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), y las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, los cuales definen los niveles jurídicos mínimos para interpretar las normas nacionales y cautelar derechos esenciales como el derecho a la libre determinación, a elegir un modelo de desarrollo propio, a la autonomía y a la gestión de su territorio y recursos naturales.
3. Abrir canales de diálogo directo entre las comunidades afectadas por la minería y el gobierno central para atender los conflictos urgentes y prioritarios que enfrentan a los pueblos y comunidades con las empresas mineras y el propio Estado.
4. Respetar el carácter obligatorio o vinculante de las consultas ciudadanas realizadas con la participación de las poblaciones indígenas y no indígenas sobre actividades mineras, como en los casos de Tambogrande e Islay. Asimismo, cancelar aquellas concesiones mineras otorgadas que sean denunciadas por los pueblos y comunidades como lesivas y que no hayan sido consultadas ni tengan su consentimiento previo.
5. Adoptar medidas jurídicas y administrativas eficaces para sancionar ejemplarmente a los responsables de los daños al ambiente, a la vida y la salud de los pueblos y comunidades. Sancionar de manera drástica a las empresas mineras que han contaminado con metales pesados el ambiente y los recursos naturales,prohibir la minería a tajo abierto y el uso de cianuro y otras sustancias altamente tóxicas en las actividades mineras. Crear un Registro Nacional de las Víctimas por metales tóxicos, e identificar y sancionar a los responsables de estos atropellos a la vida.
6. Derogar los decretos legislativos que criminalizan la protesta social y pretenden restringirla. Amnistiar a los dirigentes comunales y luchadores sociales procesados por defender el ambiente y la vida frente a la actividad minera y reparar a las víctimas de la represión.
7. Demandar al Gobierno del presidente Ollanta Humala retomar su propuesta de campaña electoral para aplicar un impuesto a las sobreganancias mineras que sustituya al gravamen u óbolo minero a fin de asegurar un fondo para resarcir los daños al ambiente y a las víctimas.
8. Designar al Ministerio del Ambiente como ente rector para la aprobación de los estudios de impacto ambiental, con parámetros técnicos y sociales adecuados y con respeto a los derechos humanos.
9. Ordenar el territorio nacional con criterio de sostenibilidad ambiental y con la participación de los pueblos y comunidades originarias, para definir las zonas del país en las cuales se pueda o no se pueda hacer minería.
10. Apoyar la formación de una red de comités de vigilancia ambiental, para que desde las comunidades se vigile la actividad minera y se identifique con prontitud y precisión la emanación y variación de sustancias tóxicas en el aire, ambiente y cuerpos de agua.
11. Incorporar en la agenda política nacional el reconocimiento de los Derechos de la Naturaleza a fin de fortalecer la conciencia ambiental y promover medidas que equilibren el uso armonioso y racional de los recursos naturales para el bienestar de las actuales y futuras generaciones.
Arequipa, 16 de setiembre 2011

sábado, 17 de septiembre de 2011

PERÚ: LOS PUEBLOS INDÍGENAS PLANTEAMOS UN NUEVO MODELO POLÍTICO Y ECONÓMICO


 
Por ser de interés, reproducimos el reciente comunicado de la CAOI

Coordinadora Andina de Organizaciones Indígenas – CAOI
Bolivia, Ecuador, Perú, Colombia, Chile, Argentina
Perú: Los pueblos indígenas planteamos un nuevo modelo político y económico

Arequipa.- El Coordinador General de la CAOI, Miguel Palacín Quispe,
señaló hoy que la Constitución de 1993, promulgada por la dictadura de
Alberto Fujimori para imponer el neoliberalismo extractivista en el
Perú, recortó los derechos territoriales de los pueblos indígenas.
Frente a ello, necesitamos un nuevo contrato social que garantice el
cambio del modelo político hacia un Estado plurinacional y el cambio
del modelo económico en crisis hacia la reconstitución del buen vivir.

Fue durante su exposición en el marco del Foro Nacional de los Pueblos
Alternativo a la 30° Convención Minera, organizado por la
Confederación de Comunidades del Perú Afectadas por la Minería
(CONACAMI PERÚ), que concluye mañana el viernes en esta ciudad. A
continuación, la ponencia del Coordinador General de la CAOI.

Los derechos de los pueblos indígenas en la Constitución y las leyes del Perú

Miguel Palacín Quispe, Coordinador General CAOI

Los pueblos indígenas habitamos este territorio hoy llamado Perú desde
hace miles de años. La invasión europea y la Colonia interrumpieron el
proceso de nuestras civilizaciones. La República copió el modelo de
Estado uninacional europeo y se organizó en el gobierno central, los
gobiernos regionales y los gobiernos locales. Los gobiernos
comunitarios no existen en la estructura del Estado. La exclusión
continúa.

La Constitución de 1919, casi un siglo después de instaurada la
República, reconoció por primera vez a las comunidades indígenas. Pero
nunca fueron reconocidos nuestros derechos territoriales.

Los pueblos indígenas no están reconocidos como tales en el Perú.
Desde el gobierno de Velasco Alvarado, han sido identificados como
comunidades campesinas en la costa y los andes, y como comunidades
nativas en la Amazonía. El gobierno de Velasco, con la Reforma Agraria
de 1969, nos devolvió las tierras, pero no los territorios. Y nos
campesinizó.

Neoliberalismo y recorte de derechos

La Constitución de 1993, promulgada por la dictadura de Alberto
Fujimori, recortó los derechos territoriales de los pueblos indígenas.
La Constitución anterior, de 1979, otorgaba a las tierras de las
comunidades el carácter de inalienabilidad, imprescriptibilidad e
inembargabilidad. La de 1993 solo nos dejó la imprescriptibilidad,
dejando abierta la posibilidad de la privatización de nuestras
tierras, lo que significaría la desaparición de nuestras comunidades.

Esta Constitución fue elaborada para imponer el neoliberalismo, el
cual necesita pasar por encima de los derechos humanos y colectivos.
El neoliberalismo se impone con fuerza y la exclusión se profundiza.
Si no lo hace, no triunfa. Por eso también la creciente
criminalización de la protesta en normas dictadas por los gobiernos
que sucedieron a Fujimori, especialmente por el de Alan García Pérez,
con sus trágicas consecuencias del Baguazo y los 191 asesinados en el
marco de protestas sociales; por eso la multiplicación de los
conflictos socioambientales.

Desde 1995, el Estado peruano es parte del Convenio 169 de la OIT, que
tiene rango constitucional y, por tanto, es de obligatorio
cumplimiento. Pero jamás ha sido cumplido.

Los intentos por crear una institución estatal para los pueblos
indígenas han fracasado sucesivamente. La CONAPA  de Toledo se hundió
en la ineficacia y la corrupción. Fue sustituida por el INDEPA, al
cual fueron recortándole sucesivamente facultades, no se elegía a los
representantes indígenas en su Consejo. Finalmente, ha desaparecido y
hoy la Ley de Consulta ha dado al Viceministerio de Interculturalidad
del Ministerio de Cultura el carácter de órgano técnico especializado
en materia indígena del Poder Ejecutivo.

En realidad, en el Perú el avance normativo para el reconocimiento de
los pueblos indígenas es limitado, disperso y contradictorio.

Quiénes somos

Para acabar con la exclusión, el Estado necesita saber quiénes,
cuántos somos, dónde estamos. Según el INDEPA, el Perú posee 71
etnias, 67 idiomas, agrupados en 17 familias lingüísticas, y al menos
11 pueblos en situación de aislamiento voluntario o en contacto
inicial, ubicados en las regiones de Loreto, Cusco, Madre de Dios y
Ucayali. Pero estos pueblos solo han sido identificados y no han sido
reconocidos territorialmente.

De acuerdo a los censos nacionales del 2007, la población total del
Perú ascendía a 28,220.764 habitantes, de los cuales se identificaron
como indígenas 4,295.931, que representan el 15.2 % de la población
total. En este caso, sólo se ha considerado la población que habla
alguna lengua materna originaria, mas no a quienes se auto
identifican. En el caso de los niños, en las estadísticas oficiales
solo se consideran a niños que saben  o hablan lengua materna y no están
considerados los niños hijos de indígenas y que por alguna razón solo
aprendieron hablar el castellano.

Lo cierto es que el Estado no ha hecho el esfuerzo de reconocer a los
pueblos indígenas y fijarlos territorialmente, ni ha construido
indicadores adecuados para determinar la cifra exacta de la población
indígena. Esta falta de información real dificulta e impide realizar
políticas públicas adecuadas. Por eso el Estado sigue considerándonos
y tratándonos como solo el folclor de la democracia.

Normas legales, letra muerta

Las normas constitucionales y legales son letra muerta. La
Constitución vigente (de 1993) establece que toda persona tiene
derecho a su identidad étnica y cultural; asimismo protege la
pluralidad étnica y cultural de la Nación (Art. 2); reconoce la
necesidad de la educación intercultural bilingüe y la fomenta según
las características de cada zona; preserva las diversas
manifestaciones culturales y lingüísticas del país (Art. 17); reconoce
como idiomas oficiales el castellano, quechua, aimara y las demás
lenguas aborígenes (Art. 48) y consagra el derecho de propiedad
comunal sobre la tierra (Art. 89).

El artículo 88° de la Constitución establece la personería jurídica de
las Comunidades Campesinas y Nativas como entidades autónomas en su
organización, en el trabajo comunal, en el uso y la libre disposición
de sus tierras, en lo económico y administrativo. El Estado respeta la
identidad cultural de las Comunidades Nativas y establece que la
propiedad de sus tierras es imprescriptible, salvo el caso de abandono
según previsión legal. Pero, como ya hemos dicho, en la Constitución
no se reconoce expresamente a los pueblos indígenas como sujeto
jurídico, sino solo a las Comunidades Nativas y Campesinas.

Sin embargo, la normativa infra constitucional sí ha desarrollado
conceptos y definiciones específicas sobre los pueblos indígenas u
originarios: La Ley de Protección de la Diversidad Biológica y de los
Conocimientos Colectivos de los Pueblos Indígenas, Ley No 27811, los
define como (Artículo 2) pueblos originarios y que tienen derechos
anteriores a la formación del Estado peruano, reconoce su cultura,
territorio, y el autorreconocimiento.

La Ley General del Ambiente, Ley No 28611, (Artículo 70) sí los
reconoce como pueblos indígenas y el derecho a su participación. Y la
Ley No 28736 reconoce a los pueblos indígenas u originarios en
situación de aislamiento y de contacto inicial (Artículo 2).

Son reconocimientos que se quedan en la letra, no se materializan en
la práctica.

Ley de Consulta

Recientemente ha sido promulgada la Ley de la Consulta. Pero esta no
reconoce el derecho al consentimiento previo, libre e informado, que
es irrenunciable. La OIT y la CIDH han señalado reiteradamente que la
consulta no necesita de una ley o un reglamento para ser ejercida. Lo
que abre las puertas para el inicio de procesos para exigir la
anulación de concesiones que no fueron consultadas desde 1995, cuando
el Convenio 169 entró en vigencia en el Perú.

La Ley de la Consulta puede ser un pequeño primer paso en el
reconocimiento del derecho al consentimiento. De lo contrario, será
solo una institucionalización del diálogo. Muchos años de lucha y
muchos muertos hemos sufrido en un largo proceso por exigir el pleno
ejercicio de este derecho. Pero sin el reconocimiento del derecho al
consentimiento, a lo sumo con esta ley hemos logrado apenas un empate
político.

La Ley se ciñe estrictamente al Convenio 169 de la OIT, pero hay otras
normas internacionales que protegen nuestros derechos y que la Ley de
Consulta no incorpora, como la Jurisprudencia de la Corte
Interamericana de Derechos Humanos, que sí reconoce el derecho al
consentimiento. Hay que tener claro que si un acuerdo producto de una
consulta vulnera derechos reconocidos por tratados internacionales,
que están por encima de las leyes y sus reglamentos, puede ser
anulado.

El artículo 20 de la Ley de Consulta obliga al Viceministerio de
Cultura a crear una base de datos oficial de los pueblos indígenas.
Esto puede traducirse en el reconocimiento oficial de nuestros
pueblos. Debemos estar vigilantes para que implique el reconocimiento
de nuestros territorios.

Cambio del modelo económico y político
Finalmente, volvamos al principio: la Constitución de 1993, impuesta
por una dictadura para imponer el neoliberalismo extractivista,
recortó nuestros derechos. La lucha es entonces contra ese modelo
económico y político y por una nueva Constitución. De lo contrario,
todo avance normativo seguirá siendo solo una declaración lírica.
Necesitamos, entonces, un nuevo contrato social que garantice el
cambio del modelo político hacia un Estado plurinacional y el cambio
del modelo económico en crisis hacia la reconstitución del buen vivir.


Área de Comunicaciones
Coordinadora Andina de Organizaciones Indígenas - CAOI
Ecuador-Colombia-Perú-Bolivia-Chile-Argentina
Dirección: Jr. Carlos Arrieta # 1049 Santa Beatriz, Lima - Perú
Telefax: 0051-1-2656250
Sitio web: www.minkandina.org

--
Coordinadora Andina de Organizaciones Indígenas
Ecuador-Colombia-Perú-Bolivia-Chile-Argentina
Telefax. 00511-2656250
www.minkandina.org

sábado, 10 de septiembre de 2011

¿QUIEN INCLUYE A QUIEN?

Por la importancia estratégica de tener completamente claro el significado de INCLUSION, reproducimos el texto de Rodrigo Montoya publicado hoy sábado 10 de septiembre, en LA PRIMERA.

http://www.diariolaprimeraperu.com/online/columnistas/quien-incluye-a-quien_94361.html

¿QUIEN INCLUYE A QUIEN?

Rodrigo Montoya

En una reunión de CADE en Arequipa, hace varios años, los empresarios peruanos acordaron que defenderían una política de inclusión para el país; pero de regreso a sus centros de vida y de trabajo, olvidaron el tema. Hoy, el verbo incluir está en boca de todos, y quien en el gobierno no la mencione corre el riesgo de haber perdido el tren de la moda.

¿Quien incluye a quién?, ¿a que?, y ¿para que? Son preguntas inevitables si es que tenemos la buena voluntad de entender y, al mismo tiempo, guardamos el ojo crítico para que no nos den gato por liebre.

En una "Carta de San Antonio" --publicada en la columna de Mirko Lauer, en La República, 29 de agosto del 2011-- José Ignacio Lopez Soria menciona lo que el Diccionario de la Real Academia de la Lengua dice del verbo Incluir: "Poner una cosa dentro de otra o dentro de sus límites" y agrega, con razón, que "lo puesto (cosa, pálabra o persona)es sacado del mundo que le es propio para ser incorporado a un mundo que le es ajeno". En otras palabras, incluir es una propuesta que quienes gobiernan desde el poder colonial imponen para que los otros, los diferentes, los llamados indios, o indígenas dejen de pensar su realidad en sus propios términos y quieran cambiar sus destinos por su cuenta, como les de su buena gana, y también para que los llamados "pobres" acepten la bondad de quienes les dan una mano sin cuestionar la enorme desigualdad social que causa esa pobreza. "Usted es la inclusión", le habría dicho el presidente Humala a Susana Baca cuando --según la revista Caretas, 8Set2011-- recibió su fajín de ministra. Si la frase fue dicha en verdad, Es Susana Baca como persona que es incluida en el mundo oficial y no el mundo oficial el que se incluye en el mundo afrodescendiente de ella. No habría, en consecuencia, nada propio del presidente sobre la categoría inmclusión.

Cuando se formaba la Asociación Interétnica para el Desarrollo de la Selva Peruana, Evaristo Nunkuag, su primer presidente, preguntó: ¿Quién integra a quién?. Entonces, 1980, estaba aún vigente la propuesta de "integración" en boca de los indigenistas, para que los llamados indios aprendan castellano, crean firmemente en el dios católico, modernicen sus técnicas de cultivo, vayan al hospital oficial y dejen de creer en shamanes y brujerías. En 1980, del mismo modo que en el siglo XVI, los gobernantes veían a los llamados indios como menores de edad y objetos de tutela.

Hoy, los movimientos políticos indígenas tienen su propio proyecto plítico, no necesitan mas de indigenistas de buena voluntad como Toledo y su "primera dama" y no quieren ser incluidos; es decir, absorvidos, comidos, aculturados y ninguneados como en el pasado. Cuando reclaman inclusión están pensando en los viejos términos de aquel discurso opuesto a la exclusión, para reclamar que parte de la riqueza que se redistribuya y algo les llegue de la nueva riqueza, como en el cuento de ese óbolo, aceptado por Alan García de sus amigos empresarios mineros. Cuidado con la inclusión. Si el presidente y los funcionarios del gobierno y los líderes indígenas reproducen el discurso liberal y colonial de la inclusión, podrían perder lo poco que los primeros han logrado y lo mucho que los últimos han conquistado en sus 30 años de lucha.